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SABER MÁS - Doctrina Parot y otras polémicas jurídicas

Manuel Martínez Fernández

Páginas web



Completísima web de Derecho español, en todas sus ramas, que ofrece una serie de herramientas online de gran utilidad (tanto para profesionales del Derecho como para estudiantes, e incluso también para particulares interesados en alguno de sus temas), por medio de las cuales se pueden tener a mano innumerables materiales didácticos, así como la posibilidad de entrar en profundidad en alguna de sus secciones. Destaca su consultorio jurídico gratuito y el directorio de abogados y procuradores, de ámbito nacional. En definitiva, un buen sitio en el que indagar por tus propios medios sobre las entrañas del Derecho y conocer mejor así su particular funcionamiento.



Revista online especializada en Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología. Con un enfoque algo más académico, esta web ofrece contenidos sobre doctrina y jurisprudencia de la mayoría de países iberoamericanos, así como de España y Portugal. Sin duda, una gran colección de artículos de temática penalista muy diversa, con una actualización de contenidos constante.



Se trata de la página web oficial del TEDH (ECtHR, por sus siglas en inglés), organismo judicial del que proviene la sentencia que ha anulado la llamada `doctrina Parot´. Disponible tanto en inglés como en francés, encontramos en esta web una serie de recursos muy interesantes: una descripción presentando al organismo, describiendo qué funciones tiene, cuál es su lugar en el marco legal europeo, cómo es su funcionamiento, una lista de los casos sobre los que se encuentra trabajando en estos momentos cada Sala y cuáles han sido ya resueltos.



En este enlace en concreto, nos encontramos con la relación de sentencias emitidas desde el TEDH en las que ha tenido parte el Estado español. Las sentencias pueden descargarse en documentos pdf, una vez traducidas al castellano desde la Abogacía del Estado.


DOCUMENTAL SOBRE ETA: La pelota vasca: la piel contra la piedra, Julio Médem


Año 2003. Con la nueva Ley de Partidos Políticos en vigor hacía apenas un año, por la que Batasuna quedaría ilegalizada, y con ETA aún perpetrando sus atentados y sembrando el terror, el cineasta vasco Julio Médem (Los amantes del círculo polar, Lucía y el sexo) realizó este extenso documental sobre el País Vasco, el nacionalismo y el problema del terrorismo.

Ya en el prólogo, se describe esta película documental como “una invitación al diálogo, desde el respeto a cualquier opinión política, que nace de una iniciativa estrictamente personal”. Sin embargo, y a pesar de las invitaciones, ningún miembro del Partido Popular quiso formar parte de las entrevistas realizadas a destacados ciudadanos de la sociedad vasca (músicos, escritores, sacerdotes, ertzainas, reconocidos juristas, empresarios, periodistas, víctimas de ETA, activistas, etc.) así como estudiosos de los temas que se abordan en el documental (antropólogos, psicosociólogos, políticos nacionales e internacionales como Felipe González o Alec Reid, historiadores, expertos en terrorismo, profesores universitarios, etc.) que aparecen en el documental y cuyas declaraciones son la pieza fundamental del mismo. En total, 70 son los entrevistados. Los populares se negaban a compartir espacio con Arnaldo Otegi (líder de Batasuna, considerada el brazo político de ETA), que también interviene en el documental. No puede decirse que por ello se produzca un sesgo importante, pues la postura del PP frente al tema del nacionalismo y del terrorismo queda más o menos cubierta en la de otros de los entrevistados (si bien la mayoría nacionalista es obvia), pero lo realmente interesante de este trabajo es la ocasión de poder oír, de primera mano, los testimonios de figuras que han tenido presencia tan intensamente en el conflicto vasco.


En el balance cinematográfico, consiguió una nominación a los Goya en la categoría de Mejor Documental. El montaje es, a veces, algo torpe, por mostrar intervenciones cortadas cada escasos segundos, lo cual en algún momento puede resultar incómodo al espectador. Sin embargo, en conjunto, las más de 7 horas de la edición en DVD se ven con cierta facilidad, agradeciéndose las espectaculares imágenes de toda la geografía vasca y la hermosa banda sonora que salpican todo el metraje, entre entrevista y entrevista, por no mencionar las curiosas apariciones de Orson Welles, hablando in situ sobre los vascos y sus costumbres, por medio de imágenes de archivo. El documental, en su montaje final, trata de estructurarse en paralelo al desarrollo histórico de Euskadi, poniendo el foco sobre el sentimiento nacionalista y sobre ETA, pero si se ven las seis partes o películas (I Saque, II Mano, III Remonte, IV Pala, V Cesta y VI Desenlace) de forma unitaria, es muy posible que el espectador pierda el hilo de lo que se cuenta.


Dejando de lado los aspectos formales, más que secundarios en este caso, convienen destacar los principales debates surgidos y algunas de las intervenciones más impactantes, pues el documental no deja de ser una genial oportunidad para acercarse a todo lo que ha rodeado hasta ahora a ETA, como la extorsión a empresarios, la kale borroka, la guerra sucia contra el terrorismo, la política de dispersión de presos, sus luchas internas, etc., pero también al mismo pueblo vasco, como sus orígenes, sus costumbres, su historia, la particularidad de su lengua, sus formas, sus costumbres, el contacto con el resto de España, etc.


Así, ¿ha beneficiado la actividad terrorista a la causa nacionalista? Para Otegi, el terrorismo ha abierto un espacio político que de ninguna otra forma podría haberse alcanzado, además de haber supuesto ETA la punta de lanza de la oposición en los últimos años del franquismo. Consideraciones morales aparte, se discute firmemente ese posicionamiento. ¿Cómo puede justificarse la pertenencia a una banda armada?, ¿políticamente está justificado?, ¿en qué contexto? ¿Es comparable la acción terrorista a la fuerza estatal? Para algunos, desde un punto de vista antropológico, es perfectamente entendible que cualquier persona, “por solidaridad con el grupo social más cercano, por propia identidad grupal”, se enrole en tales actividades, ante lo cual no dejan de perder humanidad. O, por mostrarlo de otra manera, ¿son a su vez los terroristas víctimas del conflicto creado, sacrificándose ellos mismos de forma despiadada y conculcando sus propios derechos fundamentales de dignidad humana? Hay quien lo entiende así, pero también quien opinará que los terroristas son meros criminales (lo cual queda más aún de relieve ante el terrorismo ciego por el que se mueve ETA de aquí a un tiempo), o que, en el plano ético, hay un “naufragio moral” tremendo en el sujeto que emplea la violencia para imponer su propia voluntad de pensamiento como única válida. ¿Por qué no conceder un derecho de autodeterminación al pueblo vasco? Los terroristas entienden que es un derecho legítimo, democrático, que no supone una independencia ipso facto y que, de concederse, dejarían inmediatamente las armas. Frente a ello, la postura de quienes hacen valer la Constitución (gran intervención de Peces-Barba) y de quienes consideran que se ha avanzado mucho en materia de autogobierno en democracia y acusan directamente al PNV de aupar la baza independentista por pura obcecación en sus planteamientos políticos y hacerlo su seña de identidad por intereses electorales. Se aborda también la cuestión de la situación actual de Navarra y de Iparralde, el País Vasco francés, en relación con una hipotética Euskalherría, que muy probablemente quedaría reducida, en cuanto a voluntad ciudadana, a las provincias de Vizcaya y Guipúzcua. Por último, me gustaría destacar una de las reflexiones más lúcidas que se encuentran en este documental, de Eduardo Madina: “Recomiendo a los terroristas que lean, que viajen. Euskadi es genial, pero solo tiene que ser igual al resto. Tiene mucho de especial, pero quizá no tanto como para que se mate por ella. Es un insulto”.


OPINIONES DESTACADAS


Os invitamos a la lectura de los siguientes artículos de opinión que guardan relación con nuestro tema del mes:


"La autodeterminación y los derechos". Juan José Solozábal, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid.


Al hilo de uno de los debates que vimos se planteaban en La pelota vasca, el profesor Solozábal nos ilumina con este creemos que certero artículo de opinión. El autor se pregunta por la suficiencia o no de determinado nivel de autogobierno para satisfacer el particularismo de las minorías nacionales, frente a lo absoluto que supondría un derecho de autodeterminación. Nos describe las características de este pretendido “derecho de autodeterminación”, el sentido histórico de éste y su situación actual en el contexto internacional. Todo ello sin perder de vista el marco actual nacional y el encaje institucional de los entes territoriales, con el trasfondo del debate federalista surgido en torno al incipiente soberanismo catalán.


"El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo y la doctrina Parot". Rodrigo Tena Arregui, notario, profesor de Derecho y miembro de UPyD.


Sencillo análisis-resumen sobre el origen de la doctrina Parot, elaborando el autor de forma adicional una reflexión crítica sobre la actuación política que, desde el inicio, se ha dado al problema del terrorismo, actuando al margen de la ley y evitando toda responsabilidad política, primero con los GAL y ahora con la doctrina Parot, siempre salvando las distancia entre uno y otro caso.


"Beccaria y la doctrina Parot". Agustín Ruiz Robledo, Catedrático de Derecho Constitucional.


¿Supone la `doctrina Parot´ un acercamiento hacia la correcta interpretación que haría del Código Penal el verdadero legislador, es decir, “toda la sociedad, el pueblo”, que es el auténtico receptor de la Ley y el que se encuentra alejado de todos esos tecnicismos legales, en los que los juristas parecen a veces enrocados? Es lo que postula aquí el autor, rememorando para ello a Beccaria, “inventor” del principio de legalidad penal.


"Sobre el Derecho Penal". Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal, Universidad Rovira i Virgili (Tarragona) y Fco. Javier Álvarez García, catedrático de Derecho Penal, Universidad Carlos III de Madrid.


Publicada como "carta al director", se trata de una pequeña contestación al artículo anteriormente reseñado. Se habla aquí sobre la acumulación material de la pena en el Código Penal español y se discute lo dicho por el profesor Ruiz Robledo acerca del principio de legalidad de Beccaria.


OTRAS DECISIONES DE LOS TRIBUNALES QUE LEVANTARON POLÉMICA


Ya sea porque parecieran excesivamente rigurosas, porque crearan sentimientos de injusticia o impunidad entre los afectados y la opinión pública, o bien porque se las tuviera como “decisiones políticas”, lo cierto es que existen muchísimos casos de decisiones de los tribunales envueltas en polémica y que han recibido furibundas críticas por parte tanto de juristas como de determinados sectores de la opinión pública. Aquí os presentamos algunas de esas decisiones, nacionales e internacionales.


El Prestige


A mediados de este mes, tras diez años de investigación judicial y nueve meses de juicio, la Audiencia Provincial de A Coruña resuelve por fin sobre el “caso Prestige”. Sin embargo, si bien algunos miembros del PP, por entonces en el Gobierno y encargado por ello de gestionar la catástrofe, han encontrado cómoda esta sentencia, al entender que está avalando su gestión del hundimiento del barco y posterior vertido, en general ha sido recibida con enorme decepción, por lo que ya se está planteando la posibilidad de recurrir la sentencia. En el artículo que os proponemos que leáis ("El caso Prestige: ¿Puede causar una injusticia una sentencia ajustada a Derecho?") el profesor Casas desarrolla una fenomenal disquisición de todo el íter del caso, del acompañamiento que ha tenido por parte de la presión mediática, de las características de su instrucción, así como de los razonamientos jurídicos alegados por ambas partes, en perspectiva comparada con el “caso Erika”, otro petrolero hundido en Francia en 1999 y por el que sí se logró condenar por imprudencia grave a cinco de los acusados, así como hacerlos responsables civilmente ; todo lo cual, agregado, será lo que haya hecho inclinarse la balanza hacia un lado en lugar de otro.


En definitiva, al margen de que quepa recurso y aún se vislumbre la posibilidad de responsabilizar a alguno de los acusados en posteriores procesos, el autor quiere poner de relieve que, en respuesta a la pregunta del título, no siempre es posible hallar culpables, por mucho que nos pese a los ciudadanos, ni de las mayores catástrofes ocurridas indudablemente por la acción humana, ya sea por problemas de acomodo con el tipo legal, por deficiencias en la instrucción del caso o por cualquier otra circunstancia.


Trayvon Martin


Ha sido un caso que ha dado la vuelta al mundo. Un jurado popular en el estado de Florida estimó que el vigilante vecinal George Zimmerman actuó en defensa propia. Se abrió entonces un intenso debate sobre los prejuicios raciales aún existentes en los Estados Unidos, así como, de nuevo, sobre el uso y acceso a las armas de fuego en el país. Aquí podéis leer una noticia sobre el descontento y rechazo a la absolución.


Inhabilitación del juez Garzón


Enorme revuelo el que se montó alrededor del por entonces magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón. El Tribunal Supremo entendió que el magistrado, instruyendo el caso de la trama Gürtel, había prevaricado al autorizar las escuchas entre los cabecillas de la trama Gürtel, en prisión, y sus abogados. Garzón “rechazó frontalmente la sentencia”, y fueron muchas las voces críticas.


Curiosidades


Un caso menos “político”, pero peculiar donde los haya. No debe ser muy habitual que una veintena de personas se constituyan en asociación cuyo único nexo de unión entre sus integrantes sea el de haber obtenido sentencias “injustas y/o insatisfactorias” por una misma juez. El caso, desde luego, trasluce un fondo más o menos trágico, en el que ha habido negligencias asistenciales o de diagnósticos en diversos centros de salud y hospitales madrileños. Llegado cada caso a manos de la juez, ésta los desestimaba o, en su caso, fallaba indemnizaciones muy por debajo del monto habitual en casos análogos por parte de otros tribunales, según alegan los asociados.




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