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FACTCHECKING - La transparencia de la Iglesia católica

Sofía Cortés Canda

Zoe Despretz

Es palpable la desconfianza ciudadana en las instituciones y la correlativa demanda de un mayor conocimiento sobre el manejo de los fondos públicos, que permita una efectiva rendición de cuentas. Siguiendo la estela de los “nuevos tiempos”, el Gobierno del Partido Popular sacó adelante la primera Ley de Transparencia de ámbito estatal. Durante su tramitación en el año 2013, el entonces Secretario General de la Conferencia Episcopal Española (CEE), Juan Antonio Martínez Camino, fue preguntado por la posibilidad de que la misma incluyera a la Iglesia católica, como institución privada perceptora de dinero público (en 2014, Europa Laica estimó que los ingresos de la Iglesia procedentes de las arcas del Estado alcanzaban 10.000 millones de euros). El ex Secretario General respondió lo siguiente:


“Bienvenida la transparencia, porque ya estamos en ella”. La transparencia es un modo ordinario de funcionamiento en las cuestiones económicas de la Iglesia”

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Martínez Camino no mostró ninguna preocupación ante el supuesto de que la Iglesia fuera sometida a criterios de transparencia. Venía a sostener que la transparencia no era una nueva compañera de viaje de la institución, si bien, desde otros ámbitos, se denuncia la opacidad de las cuentas de la Iglesia. Así, por ejemplo, en el Anuario de la Laicidad en España 2011, elaborado por la Fundación Ferrer i Guàrdia, se criticaba que nadie sepa a ciencia cierta cuánto dinero recibe la Iglesia del Estado, bajo qué conceptos y, mucho menos, en qué lo gasta.

En este Factchecking analizaremos si hay información accesible sobre la financiación, el régimen fiscal y las cuentas de la Iglesia católica, que conduzca a calificarla como una organización transparente. Intentaremos ofrecer datos relevantes para que el lector enjuicie el nivel transparencia de la Iglesia católica, dejando de lado cualquier cuestionamiento de su modelo de financiación.

1. La Iglesia católica como organización.

Previamente, cabe mencionar que la Iglesia católica no es sólo la CEE, una institución formada por los obispos de España que debe respetar la autonomía de las diócesis. La Iglesia no es un ente único que gestiona todo el patrimonio eclesial, sino un conjunto de entidades pertenecientes al “sector” del culto, al educativo, al sanitario y al de las ONGs. Es razonable pensar que, si nos proponemos conocer las cuentas de la Iglesia católica, debemos ser capaces de identificar el conjunto de entidades que la componen. Algunas fuentes, entre las que están Europa Laica o la propia CEE, cifran en más de 40.000 las instituciones que conforman la Iglesia católica (diócesis, parroquias, órdenes y congregaciones religiosas, asociaciones, ONGS, fundaciones, universidades, centros de Enseñanza, etc.) (1). En la página web del Ministerio de Justicia existe un registro de más de 13 confesiones religiosas. Al registrarse, las entidades religiosas adquieren la personalidad jurídica necesaria para actuar en el tráfico jurídico. Un requisito indispensable para, pongamos por caso, recibir donaciones. Respecto a la religión católica, seleccionando el territorio estatal y toda la variedad de entidades prevista en el catálogo (aunque no están, por ejemplo, los colegios religiosos) obtenemos tan solo 12.685 entidades.

En base a los datos de la página web de la CEE, podemos saber, entre otras cosas, que la Iglesia católica está dividida en 70 diócesis que a su vez se dividen en 22.859 parroquias y que, además, cuenta con 2.620 centros escolares y 14 universidades (2).


2. Financiación de la Iglesia.


Primero, debemos precisar que, cuando hablamos de financiación nos referimos a lo que le supone al Estado, en términos económicos, la colaboración con la Iglesia católica. Las líneas de colaboración económica están definidas en el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos económicos. Además de la asignación voluntaria de los contribuyentes (cooperación directa) y de los beneficios fiscales como la exención del IBI o del Impuesto de Sociedades (cooperación indirecta), existen otras vías por las que recibe dinero del Estado en concepto de ayudas o por prestación de servicios. Entre ellas están: el pago de los salarios de los profesores de catolicismo y de los capellanes castrenses, hospitalarios y penitenciarios; las subvenciones que recibe la enseñanza religiosa concertada; y las ayudas a la realización de ciertas actividades (p.ej. las Jornadas de la Juventud). Asimismo, como trato privilegiado, habría que hablar de las inmatriculaciones de inmuebles que notarialmente no tenían titular, que durante años han estado llevando a cabo las autoridades eclesiásticas (3). Respecto a la importancia relativa de las fuentes de financiación, un 38% proceden de aportaciones directas de los fieles (cepillo o cuotas fijas); el 25% procede de la asignación tributaria, y el resto son ingresos por patrimonio o por otras actividades (4).


Los Acuerdos económicos de 1979, además de reconocer el compromiso de la Iglesia Católica de autofinanciarse y del Estado en proporcionar sus recursos humanos y materiales para que la asignación tributaria sea el único sistema de financiación, establecen las líneas generales de tributación de la Iglesia. El actual sistema de asignación tributaria entró en vigor en enero de 2007, pactado entre la Santa Sede y el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero, y supuso un incremento del 37% del coeficiente vigente en aquella fecha, ahora en el 0,7% de la cuota fiscal de cada contribuyente católico. Según este acuerdo el sostenimiento económico de la Iglesia católica en España depende única y exclusivamente de los católicos y de quienes valoran la labor que desarrolla en nuestro país.


La CEE sostiene que con el nuevo sistema, el Estado no garantiza ya ningún mínimo para el sostenimiento básico de la Iglesia, "ha dejado de existir el llamado complemento presupuestario, de modo que la Iglesia, para su sostenimiento, solo recibe lo que resulta de la asignación voluntaria de los contribuyentes y nada de los Presupuestos Generales del Estado” Sin embargo se afirma también que “la decisión personal de los contribuyentes a la hora de marcar la casilla (en el impreso del IRPF), no significa que el contribuyente vaya a tener que pagar más ni que le vayan a devolver menos”.


Cuando se trata de la financiación de la Iglesia, surge generalmente el debate sobre el papel del Estado en esta financiación. ¿Es realmente la Iglesia independiente financieramente del Estado? La asociación “Por tantas”, cuya pretensión es aportar una voz más al debate sobre la financiación de la iglesia católica, publica un informe sobre las fuentes de financiación de la Iglesia, y más particularmente, sobre la aportación del Estado. Veremos pues, las cantidades que recibió la Iglesia con cargo a los presupuestos generales del Estado en 2005:


Elaboración propia a partir de los datos extraídos del informe: “Financiación de la Iglesia”. Portantas.org


3. Régimen fiscal de la Iglesia.


La Ley de Mecenazgo (Ley 49/2002) regula el régimen fiscal de la Iglesia, asimilándola al resto de entidades del sector no lucrativo (ONG, Fundaciones, etc.).


Así, según el régimen fiscal, la Iglesia goza de las siguientes exenciones:

  • Impuesto de Sociedades para donativos, colectas, rendimientos del patrimonio mobiliario e inmobiliario y plusvalías generadas por ventas de patrimonio (5).

  • Actividades económicas de asistencia social, las prestadas en hospitales y colegios, las editoriales y librerías, las visitas culturales, la realización de cursos o conferencias, las actividades deportivas y aquellas cuyo importe no supere los 20.000 euros (6).

  • IBI de las propiedades en las que se llevan a cabo las actividades antes mencionadas.

  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

  • Pago de plusvalías por terrenos, Impuesto sobre sucesiones y donaciones e Impuesto de Actividades Económicas.

No obstante, sí tributan las rentas obtenidas por el ejercicio de explotaciones económicas, de la cesión de su patrimonio, retenciones o aquellas que constituyen un incremento patrimonial derivado de la venta de sus bienes.


4. Publicación de la memoria justificativa


Hay una rendición de cuentas anual por parte de la Iglesia a través de la presentación de una memoria justificativa de actividades. La última fue publicada en 2013. La memoria recoge el destino del dinero procedente de los contribuyentes.

Elaboración propia. Fuente: memoria 2013, CEE.



Durante el año 2013 los empleos de las diócesis en actividades pastorales y asistenciales son, un año más, los que más importancia relativa tienen en el total de empleos. Para el 59% de las diócesis, los gastos en conservación de edificios y gastos de funcionamiento han supuesto más de un tercio de sus gastos ordinarios. El importe destinado por las diócesis a programas de rehabilitación durante el año 2013 ha alcanzado un total de 63,6 millones de euros y en nuevos templos 24 millones.


El peso en porcentaje de cada de cada una de las asignaciones es el siguiente:

Elaboración propia. Fuente: memoria 2013, CEE.


Los sacerdotes españoles tienen un salario base de entre 600 y 800 euros al mes. Todos ellos cotizan a la Seguridad Social por la base mínima y sin tener coberturas ordinarias de baja laboral, desempleo o protección a la familia. Asimismo, la gran mayoría de los curas jubilados perciben la pensión mínima. La mayor parte de las 22.000 parroquias tienen que autofinanciar sus gastos de luz, agua y calefacción, así como los impuestos municipales. Los obispos reciben 900 euros al mes, según los datos del Fondo Común Diocesano. Casi todas las actividades que lleva a cabo la Iglesia católica las asumen de manera altruista miles de fieles voluntarios.


En la última rendición de cuentas de la Iglesia católica ante el Estado, afirma por primera vez que el dinero de su hucha le renta al año unos intereses de 3,2 millones de euros y que estos fondos ahorrados de lo que recibe por el IRPF alcanzan ya los 40 millones de euros. Este fondo, que los obispos llaman “de estabilización”, donde depositan los millones del IRPF a los que no dan uso cada año, nació cuando la Iglesia católica española vio incrementarse el porcentaje sobre la cuota del IRPF del 0,5% al 0,7%. En principio, su objetivo es contar con una reserva que permita a la Iglesia hacer frente a disminuciones de la recaudación que le pudieran producir problemas presupuestarios.


La Iglesia ha decidido ser muy conservadora en la inversión de estos 40 millones y los mantiene en depósitos a plazo fijo. La memoria que presentan al Gobierno no ofrece el detalle de estas inversiones. Los obispos, según admiten en medios episcopales, no quieren pasar por problemas como los que les ocasionaron a algunas diócesis y entidades relacionadas con la Iglesia las inversiones en Gescartera, la agencia de valores que protagonizó el escándalo más importante en la época del Gobierno de José María Aznar.

Además del dinero dedicado al fondo de estabilización, la Conferencia Episcopal decidió asignar también, 6,2 millones para compensar a las diócesis porque ahora tienen que pagar el IVA de los objetos dedicados al culto, un impuesto del que antes estaban exentos. También han dedicado fondos para las campañas de publicidad durante la campaña de la declaración de la renta para que los contribuyentes marquen la opción de los fines de la Iglesia (alrededor de 4 millones de euros).


5. Comparación con otras confesiones


Respecto al sistema de financiación indirecta (ahorro en concepto de beneficios fiscales), no existen grandes diferencias entre la Iglesia católica y las demás confesiones que suscribieron en 1992 acuerdos de colaboración con el Estado (musulmana, evangélica y judía). El régimen se establece, como mencionábamos en estas líneas, en la Ley de Mecenazgo (Disposición Adicional 9ª).


En el año 2004 se creó la Fundación Pluralismo y Convivencia dependiente del Ministerio de Justicia, asignándole el cometido de otorgar subvenciones públicas a dichas confesiones minoritarias. La Fundación ofrece dos líneas de ayudas, una a las Federaciones y otra a las comunidades locales. Lo presupuestado, para el 2015 respecto a la primera línea, que es la que contiene el grueso de las ayudas, es lo siguiente:


De acuerdo con la convocatoria de las ayudas, las organizaciones religiosas deben acreditar todos los gastos que realicen mediante la presentación de facturas u otros documentos probatorios válidos. De no cumplir con las obligaciones, las ayudas deben ser devueltas. Es más, éstas están estrictamente vinculadas al desarrollo de una actividad concreta que sirva al fortalecimiento institucional de las comunidades religiosas o a la promoción de la cultura, la educación y la integración social.


Sin embargo, la Iglesia católica se limita a presentar una memoria con el uso que ha hecho del dinero de los contribuyentes, en el que no figura documentación alguna que acredite de forma fehaciente dicha utilización.


6. Auditoría:


La auditora internacional PwC, en requerimiento de la CEE, realizó en 2015 un Informe de Aseguramiento Razonable sobre la Memoria Anual de Actividades del año 2013. PwC concluyó que la memoria justificativa había sido preparada de manera adecuada y fiable en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con el proceso descrito en el Manual de elaboración de la Memoria de la CEE. En dicho Manual se establece que la información incluida en la memoria se obtiene de los sistemas de información de la CEE, así como de otras fuentes de datos procedentes de terceros. La información del Estado de Ingresos y gastos de 2013 procede de los estados individuales de las diócesis de la Iglesia católica. Para ello, la CEE de forma anual les remite un modelo homogéneo de Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Posteriormente las diócesis remiten el modelo cumplimentado a la CEE, quien se encarga de consolidar la información.

Fuente: memoria 2013 CEE

7. Patrimonio de la Iglesia.


La Iglesia católica podía inscribir a su nombre hasta el 2015 inmuebles que carecieran de título escrito de dominio. El privilegio, previsto en el art. 206 de la Ley Hipotecaria, creó situaciones como el hecho de que la Iglesia católica registrara a su nombre la Mezquita de Córdoba por tan solo 30 euros en 2006.


En la página de la CEE hay una sección dedicada al patrimonio cultural de la Iglesia en la que podemos ver que cuenta con 3.168 inmuebles de interés cultural. Para el Director de la Oficina de Información de la CEE, Isidro Catela, este patrimonio no supone una fuente de negocio, sino que la Iglesia lo plantea como un servicio a los demás. En el reciente Portal de Transparencia lanzado este año en su página web, no se muestra ningún desglose de los inmuebles que integran el patrimonio de la Iglesia.



8. Ley de Transparencia: ¿un antes y un después?


La Ley inicialmente estaba dirigida al Sector Público, la inclusión de entidades privadas se realizó durante el trámite parlamentario. La misma se plasmó en el art. 3 que establece que el capítulo II de la Ley será de aplicación a las entidades privadas:


-que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros

-o, cuando al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros.


Sea como fuere, después de tanta polémica, la Ley no hizo referencia expresa a la Iglesia católica, aunque sí le resulta aplicable el citado capítulo II, por cumplir sobradamente el primero de los requisitos del art. 3. En su articulado se recogen los principios de publicidad, pero no se prevén sanciones ni recursos en caso de incumplimiento. La Ley no ha supuesto un cambio significativo en la transparencia de la Iglesia, que ya venía obligada por los acuerdos de 1979 a presentar una memoria justificativa de actividades. Por otro lado, hay que decir que el dinero que reciben del Estado las autoridades eclesiásticas españolas nunca ha sido fiscalizado por el Tribunal de Cuentas, ante el que sí comparecen, por ejemplo, los partidos políticos y sus fundaciones.


9. Conclusiones:


En los acuerdos de 1979 que revisaron el concordato de 1953, la Iglesia católica declaró su propósito de autofinanciarse. Actualmente, sigue disfrutando de la financiación del Estado, lo que la compele a ser y parecer una organización transparente. Las favorables condiciones tributarias y la no existencia de criterios de transparencia de obligado cumplimiento, hacen inviable un control exhaustivo de las finanzas de la Iglesia por parte de los poderes públicos. El contenido de la memoria justificativa nunca ha sido supervisado por una autoridad pública independiente. Al lado de la escasa fiscalización de las actividades económicas de la Iglesia, el Estado tampoco publica documento alguno que resuma el conjunto de las ayudas concedidas.


Una vez examinadas las medidas de transparencia emprendidas por la Iglesia, no podemos decir que las mismas traigan consigo un cambio satisfactorio. Por un lado, la auditoría realizada por PwC tiene un alcance limitado, la empresa se ciñe a comprobar la imagen fiel de las cuentas según los criterios fijados por la propia entidad auditada. Por otro, la información ofrecida en el portal de transparencia a través de las memorias justificativas, no está acreditada documentalmente ni cuenta con un alto grado de detalle. Finalmente, hay que apuntar que se desconoce el patrimonio total de la Iglesia y los rendimientos que éste genera.


Martínez Camino afirmó que la Iglesia católica “estaba en la transparencia”. Identificando la transparencia con un principio, su constatación se transforma en una cuestión de grado. Diremos que una organización es transparente si consideramos que la información hecha pública es fidedigna y cubre los aspectos más relevantes. Siendo conscientes de la dificultad de precisar qué es o no relevante, a la vista de los datos y argumentos expuestos en este Factchecking, no podemos dar por cierta la declaración del ex Secretario General de la CEE.




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Notas:












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