top of page

FACTCHECKING - Ley vs. tolerancia

Diego Carretero

Daniel Fullman Iris Gacho

Celia Morillo

“De maneras muy interesantes, los estados han llegado a ver que su poder político, su legitimidad, de hecho su posición como ciudadanos globales, están ahora limitados por cómo reconocen y tratan a sus ciudadanos gay”. (Franke 2009, 4‐5). Así comienza esta Doctora en Derecho la defensa de que muchos son los factores con los que tiene que lidiar una persona que pertenece al colectivo LGTB, pero uno y el que tiene más importancia para ella es el Estado. El Estado tiene esa legitimidad para, de manera muy veloz e imperceptible, cambiar la opinión general de un determinado aspecto. Como ya hablamos en otro número de Ágora, existe un cuarto poder, y ese es el de los Medios de Comunicación. Pero volviendo al Estado, sus herramientas son básicas para normalizar algo que hasta entonces no lo era, o convertir en inmoral una conducta lo que antes era cotidiano.

Pero, ¿no somos el Estado todos los que formamos parte de él? ¿Es el Estado quizás el mecanismo a través del cual canalizamos las conductas que creemos normalizadas o amorales? Esta pregunta fue la que nos surgió en la redacción, análoga a la ya famosa paradoja del huevo y la gallina.

Por ello, y a raíz del tema que nos ocupa este mes, nos preguntamos si realmente el Estado marca las pautas de conducta o somos nosotros quienes empujamos al ente a tomar ciertas decisiones. En cuanto al respeto y convivencia entre personas LGTB y personas no pertenecientes al colectivo, la pregunta con la que trabajamos es la siguiente:


¿es la Ley la que nos hace ser tolerantes?

Tomaremos distintos países de diversos continentes y en diferentes momentos, antes y después de la legislación respecto la homosexualidad. Comparando esas dos fotografías temporales, llegaremos a la conclusión de que o bien la ley fue un elemento necesario en un país ya respetuoso con el colectivo, o bien fue la ley la que, tras formar parte de la vida de la gente, hizo que ésta normalizara el matrimonio, sean sus miembros del género que sean.

Al final sacaremos nuestras propias conclusiones.


CLASIFICACIÓN POR PAÍSES

a) Países Nórdicos

Toda Escandinavia, más Islandia y Finlandia permiten las relaciones homosexuales, aunque el rango de los derechos varía entre cada país. Suecia se presenta como el país más liberal, legalizando la adopción para parejas homosexuales sin restricciones en 2003, y el matrimonio en 2009. Al mismo tiempo Finlandia es el más conservador del grupo, con la adopción restringida a hijastros, y el derecho de matrimonio todavía pendiente.


Dinamarca:

Ley de matrimonio entre personas del mismo género: 2012

Adopción: 1999 (adopción de hijastro)

En Dinamarca se supone que había una tolerancia amplia en el pueblo antes de que había una legislación especifica. Luego, en 1989 se implementa la ley para parejas registradas para homosexuales y lesbianas, algo que crea un efecto de mayor movilización en las comunidades LGTB sin que se pueda observar un aumento en tolerancia. En Groenlandia (territorio danés) la ley danesa de parejas registradas vino en 1994 y aquí tampoco se puede hallar datos que apoya la hipótesis. (Rydström, 2008).


Suecia:


Ley de matrimonio entre mismo género: 2009

Adopción: 2003

Con respeto a la proposición de una ley otorgando estatus de pareja entre homosexuales en 1973 escribe Jens Rydström de Universidad de Lund en Suecia:


“It was defeated with a broad margin, but the Swedish parliament did declare that ‘in the eyes of society, the cohabitation of two partners of the same sex is a fully acceptable form of co-existence’. In other words, the time was still not ripe for legal recognition of communal families or homosexual couples. For the first time, though, the government expressed the view that cohabitation between two men or two women was ‘fully acceptable’”(Rydström, 2008)

Sugiriendo que la ley no hace la tolerancia en Suecia tampoco, sino al revés.


Islandia:

Ley de matrimonio entre personas del mismo género: 2010

Adopción: 2006


Los actitudes con respeto a la comunidad LGTB han cambiado rápidamente, pero no hay indicaciones que sea por la integración de la ley, que parece haber venido más tarde.

“As we have seen, the spreading of awareness about homosexuality to the Nordic periphery provoked different reactions in different countries. In Iceland it contributed to a complete shift in attitudes. From a reputedly homophobic country, this North-Atlantic island was rapidly transformed into one of the most gay-friendly places in the world (Kristinsson, 2000). When the new law entered in force, the President of the Republic honoured the celebrations with her presence, probably the only head of state to date to have done so.”(Rydström, 2008)

Noruega:

Ley de matrimonio entre personas del mismo género: 2014 (Entra en vigor en 2017)

Adopción: desde 2008

Noruega tiene la actitud segunda más favorable de homosexuales en el mundo, según el GHI (Planet Romeo, 2015) Sin embargo, la comunidad LGBT no disfruta del mismo nivel de tolerancia que el resto de la población (The Danish Institute for Human Rights) . Con respeto a la estadística no hay un incremento anormal después de la implementación de legislación de matrimonio homosexual (ver tabla).


Finlandia:

Ley de matrimonio entre mismo género: Desde 1 Marzo 2017(reconocimiento legal desde 2002)

Adopción: 2009 (adopción de hijastro)

Finlandia está visto como el país más conservador de nuestro grupo, y se refleja en su historia, y su retraso en implementar una ley para parejas registradas:


Only Finland would display a fiercer resistance to the law, and Finnish progressive politicians failed to achieve a partnership law until 2002. Meanwhile, this ‘Scandinavian invention’ began spreading to continental Europe (Rydström, 2008).


También se puede argumentar que la ley creó una polarización en la sociedad finlandesa, con manifestaciones anti-gay después de la nueva legislación (Rydström, 2008).

Fuente: Elaboración propia a partir de diversas fuentes (bibliografía).

Conclusión: Dado todo la estadística y las investigaciones leídas no se encuentra suficientes pruebas para confirmar la hipótesis inicial que la ley hace la tolerancia. Es cierto que la última década la tolerancia ha crecido en todos los países nórdicos, pero este crecimiento no coincide con la legislación. Se lo ve más probable que la movilización y la nueva visibilidad de la comunidad LGTB y su presencia en debates y movimientos políticos tiene un efecto más grande para crear tolerancia, que la mera legislación.



b) Europa Occidental


Aquí analizaremos los datos de 4 países representativos del Europa Occidental. En general la legislación sobre la comunidad LGTB es bastante progresiva y amplia en esta región, pero con variaciones nacionales. La aceptación y tolerancia hacia la misma comunidad también ha crecido continuamente por la última década en todos los países estudiados.

Reino Unido:

El Reino unido introdujo la ley que permite el matrimonio homosexual en 2013 y entró en vigor el año después (UK Government, 2014).

España:


Matrimonio entre homosexuales ha sido legal en España desde 2005. La ley que se implementó también daba derechos más amplios de adopción, herencia y pensión a los miembros de la comunidad LGTB.

Francia:

En 2013 se legalizó el matrimonio homosexual en Francia, y está visto como uno de los países más liberales y tolerantes hacia la comunidad LGTB (Reuter, 2013).Desde el mismo año también se admite la adopción para parejas homosexuales.

Alemania:

El matrimonio homosexual no está permitido en Alemania, sin embargo, la unión civil ha sido legal desde 2001. En 2005 entró en vigor una ley que permitió la adopción de los hijos biológicos de su pareja, y se extendió a cubrir hijos no-biológicos en 2013 (Reuter, 2013).


Fuente: Elaboración propia a partir de diversas fuentes (bibliog.)

Conclusión: Como se puede ver en los datos los tres países que han legalizado el matrimonio homosexual han experimentado un aumento notable desde el periodo de legalización. Entonces estos ejemplos apoyan la hipótesis que la ley hace la tolerancia.



c) Oriente Medio/Norte de África


Según datos de ILGA (Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex) estas zonas geográficas constituyen en su mayoría lugares de alta criminalización de este colectivo e inexistente protección mediante leyes antidiscriminatorias. En consonancia con lo anterior, no hay reconocimiento de uniones de parejas del mismo sexo ni de la adopción conjunta.


Arabia Saudí

Este país no cuenta con legislación penal codificada al respecto; en vez de eso, aplica la estricta ley islámica o Sharia. Además, Arabia Saudí se encuentra entre los 13 Estados que actualmente pueden aplicar la pena de muerte para actos sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo, según la ONU. También cuenta con leyes de promoción y moralidad que restringen la libertad de expresión respecto de la orientación sexual.


Armenia

En diciembre de 2015 tuvo lugar un referéndum en Armenia sobre varias modificaciones constitucionales, pero el matrimonio se sigue definiendo en su Constitución entre hombre y mujer (artículo 35 de la misma).

Los actos sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo son legales en Armenia desde el año 2003, pero no el matrimonio ni la adopción entre ellas. Se encuentra entre los países firmantes de la Declaración sobre orientación sexual e identidad de género de las Naciones Unidas.


Azerbaiyán

El pasado 10 de septiembre de 2015 el Parlamento Europeo aprobó una Resolución en la cual expresaba “gran preocupación por la situación de las personas LGBTI en Azerbaiyán”, debido a un discurso político que avivaba el odio hacia este colectivo, y pedía al Gobierno del país que no pusiese trabas a los defensores de los derechos humanos que trabajan en Azerbaiyán por los derechos LGBTI.

Los actos sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo son legales en Azerbaiyán desde el año 2000, pero no el matrimonio ni la adopción entre ellas.


Qatar

Los actos sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo son ilegales en este país. Además, puede imponerse la pena de muerte por actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo bajo la ley de la Sharia, aunque no hay registros de aplicaciones específicas. Cuenta con leyes de promoción y moralidad que restringen la libertad de expresión respecto de la orientación sexual.


Egipto

Egipto no castiga las relaciones sexuales entre personas adultas del mismo sexo per ser, sin embargo, se le considera un país que criminaliza a este colectivo ya que a partir de la ley sobre el combate de la prostitución y de la ley contra el libertinaje encarcelan a homosexuales. Cuenta con leyes de promoción y moralidad que restringen la libertad de expresión respecto de la orientación sexual.


Georgia

En Georgia la actividad sexual consensual entre personas adultas del mismo sexo es legal desde el año 2000, pero no el matrimonio ni la adopción entre ellas. Se encuentra entre los países firmantes de la Declaración sobre orientación sexual e identidad de género de las Naciones Unidas.


Irak

En el año 2003, tras la invasión estadounidense, se reimplantó el Código Penal de 1969, que no prohíbe las relaciones sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo. A pesar de esto, Irak se encuentra en el supuesto de posible pena de muerte por actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo implementada agentes no estatales, llevada a cabo por jueces de la Sharia y también en las zonas controladas por ISIS. Además, cuenta con leyes de promoción y moralidad que restringen la libertad de expresión respecto de la orientación sexual.


Líbano

En Líbano la actividad sexual consensual entre personas adultas del mismo sexo es ilegal, tipificada en su Código Penal en el artículo 534 como “acto sexual contra natura”, castigado con una pena de prisión de hasta 1 año. En 2010, durante el Examen Periódico Universal (EPU) Noruega realizó una recomendación a Líbano para que despenalizara las relaciones sexuales consensuales entre personas adultas. Líbano no aceptó la recomendación, sólo tomó nota de ella.


Marruecos

En Marruecos, los actos sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo son ilegales, tipificados como delito en el artículo 489 de su Código Penal como “actos lascivos o contra natura”. Además, cuenta con leyes de promoción y moralidad que restringen la libertad de expresión respecto de la orientación sexual.


Palestina

Los actos sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo son legales en Cisjordania desde 1951, en cambio son ilegales en Gaza, castigados con hasta 10 años de prisión según el artículo 152(2) de su Código Criminal.

Turquía

La actividad sexual consensual entre personas adultas del mismo sexo es legal desde 1858, pero no el matrimonio entre personas del mismo sexo ni la adopción por parte de parejas del mismo sexo. Además, Turquía presenta uno de los registros más bajos del ranking Rainbow Europe.


Túnez

Los actos sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo son ilegales, tipificados en el artículo 230 del Código Penal y castigados con 3 años de prisión. Túnez cuenta con leyes de promoción y moralidad que restringen la libertad de expresión respecto de la orientación sexual.


Yemen

Los actos sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo son ilegales. Yemen se encuentra entre los 13 Estados que pueden aplicar la pena de muerte para actos sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo, según la ONU.



Para poder hacernos una idea de cuál es la opinión pública sobre la homosexualidad en los países brevemente expuestos anteriormente se ha recurrido principalmente a dos fuentes; World Values Survey y el informe ILGA 2016.

Los datos de World Values Survey revelan el bajo nivel de aceptación en cuanto a la homosexualidad a partir de la pregunta “¿Está la homosexulidad justificada? (Do you think homosexuality can always be justified, never be justified, or something in between?)”. Como puede verse en la siguiente gráfica, la mayoría de países no bajan del 80% en cuanto a considerar que la homosexualidad no está nunca justificada, a excepción de Líbano y Yemen, en los cuales el 60% de la gente si sitúa en esta postura.


En términos generales, la animadversión hacia la homosexualidad en estos países es muy alta, algo que podría indicarnos la importancia de la conciencia social a la hora de provocar cambios legislativos.

d) EE.UU. y Canadá

Estados Unidos y Canadá han sido estados punteros en lo referido a la concesión de derechos a la comunidad LGTB. Durante las primeras décadas del siglo XXI, ambos países han implementado una profunda legislación pro LGTB, culminando en ambos casos con el reconocimiento del matrimonio de parejas del mismo sexo.


Antes de proceder al análisis en profundidad de cada uno de los países se ha de señalar un dato clave para entender el posterior análisis de la pregunta a contrastar en el presente factcheking. Tanto Canadá como los Estados Unidos de América poseen formas de gobierno descentralizadas, otorgando a los distintos entes territoriales altas competencias en lo que se refiere a la configuración legal de la figura del matrimonio. Esta idea como se ha indicado en el párrafo anterior supone un factor clave a la hora de analizar la presente cuestión, ya que el foco de la contrastación ha de subdividirse, entre el reconocimiento de la figura del matrimonio entre personas del mismo sexo a nivel de estos entes y el gobierno central.


También se ha de recalcar que en ambos países la figura del máximo órgano en la esfera del poder judicial ha contribuido de forma clave al reconocimiento de estos matrimonios, anulando en muchos casos en base a su doctrina numerosas normas que obstaculizaban el reconocimiento de los mismos.

Canadá legalizó el matrimonio entre personas del mismo sexo el 20 julio de 2005, a través de la Ley sobre Matrimonio Civil o Ley C-38 a propuesta de Bill Siksay y en base a la Carta canadiense de los derechos y libertades. La ley fue aprobada principalmente por el apoyo que recibió del Partido Liberal con 158 votos a favor y 133 en contra. (El País, 2005)


Como se ha indicado anteriormente, la aprobación por el parlamento canadiense de la presente ley no supone el inicio del reconocimiento de las uniones maritales entre personas del mismo sexo. Si observamos la dimensión inmediatamente inferior, la de las regiones, podremos ver como la mayoría de las mismas habían aprobado el matrimonio anteriormente a la promulgación de la Ley C-38. (Glass & Kubasek, 2008).


Por todos los factores explicados anteriormente y en relación a la pregunta principal del factcheking la observación del periodo de tiempo en el que se aprueba la primera ley de matrimonio de personas del mismo sexo, en este caso en la provincia de Ontario en Junio de 2003 y la aprobación de la Ley Estatal en 2005 para inferir si es la ley la que influye en la tolerancia o viceversa.


El caso estadounidense es muy similar al canadiense con pero posterior. Hasta 1996, el gobierno federal estadounidense, es decir, el gobierno central, no contemplaba una figura concreta de matrimonio, dejando en manos de los diferentes estados la formulación de dicha figura legal, es decir, el gobierno federal de los Estados Unidos reconocía cualquier matrimonio contemplado en la legislación de los estados miembros de la Unión. (Wolf, 2015)


Sin embargo la Ley DOMA, cambió por completo este planteamiento. Firmada durante la presidencia de Bill Clinton, supuso por primera vez una definición por parte del gobierno federal de lo que se consideraba matrimonio, configurándose como la unión entre un hombre y una mujer. El efecto de esta norma fue doble, por un lado pese a que ciertos estados considerasen legal el matrimonio homosexual, estas parejas no podían optar al tratamiento como tal a un nivel federal (es decir todas aquellas normas que rebasaban los limites estatales siendo competencia del gobierno federal), por otra parte todos aquellos que no reconocían esta figura tampoco tenían obligación de reconocer un matrimonio homosexual que si se hubiere constituido legalmente en otro estado. (Davies, 2013)


Esta ley sin embargo fue derogada en el año 2014 cuando el Tribunal Supremo, por un ajustadísimo fallo de 5 jueces a 4 declaró la inconstitucionalidad de la misma. (ABC, 2014) Este gesto significó que el gobierno federal reconocía los matrimonios homosexuales de los distintos estados miembros como legales.


Aun así, quedaban en este momento numerosos estados que no reconocían el matrimonio homosexual en su territorio. La sentencia del Tribunal Supremo de 2015 fue más allá declarando anticonstitucionales las normas en todos aquellos estados que no reconocieran la figura del matrimonio entre personas del mismo género, provocando así el reconocimiento de los matrimonios homosexuales en todo el país. (El País, 2015)


Pero como se ha indicado al comienzo del texto, hay que entender, que a nivel estatal, es decir a nivel de estados, se ha producido un reconocimiento sucesivo durante las primeras décadas del s XXI de la figura del matrimonio homosexual, algo a tener en cuenta cuando sea analizado el nivel de tolerancia en Estados Unidos.

Fuente: (lson, Cadge , & Harrison, 2006) & (Pew Research Center, 2016)


Como se puede percibir en el presente gráfico, las fechas en las que se aprueba el matrimonio en los respectivos países parecen encuadrarse en una tendencia incremental de apoyo al colectivo LGTB. De 2001 a 2016 la tolerancia en ambos países ha ido en aumento. Por poner un ejemplo, en Estados Unidos el apoyo al colectivo LGTB ha aumentado considerablemente desde 2001 (31% de la población apoyaba los matrimonios entre personas del mismo sexo) hasta 2016 cuando el porcentaje de la población que apoyaba al colectivo LGTB llegó a un 60%. Lo mismo aconteció en Canadá donde se pasó de un porcentaje de apoyo del 50% en 2001 a uno del 75% en 2015.


CONCLUSIÓN: Después de analizar la legislación y los niveles de tolerancia hacia el colectivo LGTB en ambos países norteamericanos ha llegado el momento de responder a la pregunta del factcheking ¿Es la ley la que hace la tolerancia? ¿O es la tolerancia la que influye y estimula la elaboración de normas que desde un plano institucional reconozcan una realidad preexistente?

Pues bien, si se realiza una observación de la gráfica correspondiente a la tolerancia en Estados Unidos y Canadá se puede observar, como se ha indicado antes, que las leyes sobre matrimonio entre personas del mismo sexo, se ubican en una tendencia generalizada hacia una mayor aceptación. Es decir, después del análisis de los datos, no se puede concluir que los niveles de tolerancia hayan variado positivamente de una manera notable después de la aprobación de la ley y mucho menos que el incremento en la tolerancia en ambos países se pueda deber a la legislación. A pesar de que hay que tener en cuenta que ambos estados poseen una estructura federal, en la que se otorga competencia a los estados o regiones para delimitar lo que consideran matrimonio y que en ambos países el reconocimiento de los matrimonios homosexuales a nivel federal ha ido precedido por la aprobación en numerosos estados, esta acción ha ido siempre precedida de un incremento de la tolerancia y la simpatía hacia el colectivo LGTB, así como de su reconocimiento a nivel social, por lo la respuesta a la pregunta principal ¿La ley hace la tolerancia? será en este caso, negativa.


e) América central, América latina y el Caribe


Encontramos que en todos los países, salvo en pequeñas islas, están permitidas las relaciones homosexuales desde mucho antes de plantearse la legalidad de la unión, como el S. XIX en el caso de México. En Jamaica, esas relaciones sólo pueden realizarse cuando el sexo de ambas personas es femenino: las relaciones homosexuales masculinas están penadas con hasta 10 años de prisión.


Matrimonio homosexual + adopción

La igualdad del matrimonio entre parejas de distinto y del mismo sexo (lo que implicaría posibilidad de adopción y causa hereditaria, entre otras virtudes) es legal en Uruguay desde 2008*, pudiendo adoptar desde 2009. Además, este país es característico por su temprana legislación contra todo tipo de discriminación, incluida la efectuada a alguien por su orientación e identidad sexual, en 2004. Pero un poco antes incluso de la Ley aprobada por el entonces presidente Mújica, la SCJN de México emitía una declaración de inconstitucionalidad que aplicaba a cualquier norma contraria a la igualdad en el matrimonio independientemente del sexo de los integrantes. Al tratarse de una sentencia y no una ley, deberá aplicarse en cada Estado mexicano, modificando sus respectivos Códigos Civiles. A Uruguay le siguen Argentina, modificando su Código Civil en el año 2010, y Brasil. En Colombia (2011) se le llamó primeramente “unión civil: no fue llamado matrimonio hasta 2016. En último lugar cronológico se encuentra Puerto Rico (2015, a la par que EE.UU).


Por otro lado, hay países que aun habiendo regulado el carácter civil de la unión, no lo equiparan al “matrimonio” con el que se designa históricamente a la unión conyugal. Este es el caso de Ecuador (2008), Costa Rica (2009) --donde fue la Corte Suprema quien lo propuso a través de sentencia y no se descarta un próximo referéndum sobre el tema--y Chile, en 2015.

*Aunque se llama “unión concubinaria”, en el mismo texto legislativo se equipara reiteradas veces a la unión conyugal. (Vid. Art. 5 apdo. B). Será definitivamente matrimonio a partir de 2013.


Ilegalidades:

Tres años antes de que Uruguay (2008) legalizara el matrimonio homosexual, éste se ilegalizaría en Honduras. En Guyana este comportamiento directamente puede derivar en pena de cárcel, por lo que matrimonio, ni se plantea. Sin embargo, el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado en el caso de unas mujeres que fueron detenidas por “no vestir acorde a su sexo legal”: el Tribunal sentenció que no es ilegal vestir como se quiera. La República Dominicana y El Salvador (2009) completarán el marco de países del Centro y Sur de América donde el matrimonio homosexual es contrario a la ley.

Sin reconocimiento:

Para terminar este recorrido por las leyes de América Central y América Latina, ciertos países, como Bolivia, Paraguay o Venezuela, no recogen la unión homosexual legal ni ilegaliza tampoco esas uniones. En Perú, en 2014 se quiso aprobar un Acuerdo de Unión Civil parecido al que después aprobaría Chile (2015), pero no llegó a la mayoría de votos en el parlamento.


Para conocer la opinión pública, tomamos como muestra los 16 países arriba mencionados (sin contar Puerto Rico ya que sus datos están tomados a través de EE.UU). Haremos una media de todos esos países, destacando aquellos que difieran al menos 10 puntos de la línea definitoria común. En este mismo gráfico será incluido el año en que esos países legalizaran o ilegalizaran el matrimonio / unión civil homosexual.


Fuente: elaboración propia a partir de El Barómetro de las Américas por el Proyecto de Opinión Pública de América Latina (LAPOP), www.LapopSurveys.org

Teniendo en cuenta la pregunta: ¿Aprueba Vd que las personas homosexuales se presenten a cargos públicos?, Podemos observar que hay un crecimiento continuo en la media de los 16 países, en cuanto a la tolerancia de la presencia homosexual en el gobierno.

En las líneas verticales se señala cuándo se ha tomado una decisión legislativa hacia la legalización o bien hacia la ilegalización del matrimonio homosexual. Así en el caso de Honduras (2005, primera línea vertical por la izq.), ilegaliza el matrimonio homosexual pudiendo comprobar que la tolerancia no sube a pesar de la intención del resto de países, siempre difiriendo más de 10 ptos con la media total. Aquí la ley no ha modificado significativamente la aceptación homosexual, ni creciendo ni decreciendo. Podemos decir que la ley ha sido inocua.

En el periodo que va entre 2007 y 2009, siete son los países que legislan a favor del matrimonio homosexual. De entre ellos, sufre un gran cambio República Dominicana, que pasa de una aceptación del 20% antes del periodo, a finalizar creciendo más de 10 ptos. de diferencia. Este es un ejemplo de que legislar sí es un buen factor para que crezca la tolerancia en el país.

Por último, Brasil y Chile son los que más tardan en legislar (2013 y 2015 respectivamente), sin embargo observamos que la tolerancia en aquellos países siempre ha destacado más de 10 ptos. por encima. Es un ejemplo de que la ley no hace la tolerancia.


Conclusión: En general, la dinámica es un crecimiento continuo de tolerancia dentro de los países de centro y suramérica, anterior incluso a la reforma legislativa, si bien ésta es un factor a tener en cuenta a la hora de estudiar el número de casos en los que aumenta la aceptación de la comunidad homosexual.

Conclusión general

Después del análisis de cada grupo de países, parece que queda clara una cosa, la conciencia social y el respeto hacia los colectivos LGTBI parecen factores fundamentales para el desarrollo de una atmósfera proclive a que los estados legislen. Es decir, de los datos estudiados parece obtenerse la impresión de que la sociedad ha influido ya sea positivamente (el continente americano y Europa) como negativamente ( Oriente Medio y Norte de África) en la posterior legislación por parte de los gobiernos sobre el matrimonio y el conjunto de normas que reconocen los derechos de la comunidad LGTBI.


Por lo tanto se puede concluir que según los estudios realizados en esta investigación, que la respuesta es la contraria a la pregunta, siendo la tolerancia social la que culmina con el reconocimiento legal, aunque de ninguna manera se puede dejar de lado el efecto positivo y contributivo a la tolerancia que puede tener la ley.

 

BIBLIOGRAFÍA

Planet Romeo. (2015, May). Planetromeo.com. February 24, 2017 fra Planetromeo.com: https://www.planetromeo.com/en/care/gay-happiness-index/

Rydström, J. (2008). Legalizing Love in a Cold Climate: The History, Consequences and Recent Developments of Registered Partnership in Scandinavia.

The Danish Institute for Human Rights. (u.d.). Study on Homophobia, Transphobia and Discrimination on Grounds of Sexual Orientation and Gender Identity.

Finlandia: "Eight EU Countries Back Same-Sex Marriage". Angus Reid Global Monitor. December 24, 2006. Retrieved 2013-03-20.

"Survey: Majority Favour Gender Neutral Marriage Law". Yle. August 21, 2010. Retrieved 2013-03-20. "Same-Sex Marriage in Europe Poll 2013". Retrieved 2013-01-11.

"Poll: Over half of Finns favour same-sex marriage law". Yle. March 9, 2013. Retrieved 2013-03-20.

Islandia: "Regnbågsfamiljers ställning i Norden Politik". NIKK Publikationer. July 2004. Page 269

Dinamarca: Europe Split On Gay Marriage

"YouGov / EMEA Survey Results" (PDF). YouGov. 2013. Retrieved 3 September 2015.

Special Eurobarometer 437 DISCRIMINATION IN THE EU IN 2015

Suecia: Wockner, Rex (1 June 2010).

"Sweden is named Europe's most gay-friendly country". Pink Paper. Archived from the original on 16 July 2012.

"Eight EU Countries Back Same-Sex Marriage". Angus Reid Global Monitor. 24 December 2006. Retrieved 21 March 2009.

Noruega: Partners Task Force - Norway Offers Legal Marriage

Same-Sex Marriage: Same-sex couples should be allowed to marry legally – Ipsos 2013

The Gay Happiness Index


Reuter. (2013, April). Reuter.com. Hentet fra Reuter: http://www.reuters.com/article/us-france-gaymarriage-idUSBRE93K08B20130423

Reuter. (2013, feb). Reuter.com. Hentet fra Retuer: http://www.reuters.com/article/us-germany-adoption-idUSBRE91I0TS20130219

UK Government. (2014). Marriage (Same-sex couples) Act: A factsheet.


Angus-Reid.com. (2010, Deciembre). Angud-Reid.com. Hentet fra Angud-Reid.com.

El País. (2007, Julio). Elpais.com. Hentet fra Elpais.com: http://sociedad.elpais.com/sociedad/2007/07/25/actualidad/1185314403_850215.html

Eurobarometer

Gilles, C. (2005). Planetout. Hentet fra Planetout.com: https://web.archive.org/web/20071227125726/http://www.planetout.com/news/article.html?2005/04/21/5

International Business Times. (2014, Mayo). International Business Times. Hentet fra International Business Times: http://www.ibtimes.co.uk/same-sex-unions-one-fifth-britons-decline-gay-wedding-invitations-1442267


Poll, Ipsos

Poll, Gallup

Poll, Ifop

Reuter. (2013). Reuter.com. Hentet fra Reuter: http://uk.reuters.com/article/uk-germany-gays-idUKBRE91Q0NT20130227

YouGov. (2013). Same-Sex Marriage in Europe Poll 2013.

YouGov. (2015, Mayo). Yougov.de. Hentet fra Yougov.de: https://yougov.de/news/2015/05/29/mehrheit-der-deutschen-fur-ehe-fur-alle/


(2016) Public opinion on same-sex marriage. Changing Attitudes on Gay Marriage. Pew Research Center.

Bassets. (2015) El Tribunal Supremo de EE UU legaliza el matrimonio gay. EL PAÍS.

Davies, J. A. (2013). Sentencias Trascendentales del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Pasos Hacia la Igualdad del Matrimonio Para Parejas del Mismo Sexo.

Emili J. Blasco. (2014) El Supremo de EE.UU anula la ley federal que no reconocía el matrimonio homosexual. ABC.

Glass, C. M., & Kubasek, N. (2008). The Evolution of Same-Sex Marriage in Canada: Lessons the US Can Learn from Their Northern Neighbor Regarding Same-Sex Marriage Rights. Mich. J. Gender & L., 15, 143.

Jenkins, R. (2013). An Historic Evolution of Public Opinion: A Look Back at Same-Sex Marriage in Canada. Jenkins Research Inc.

Reuters. (2005) Canadá aprueba el matrimonio homosexual. EL PAÍS.

Wolf, R. (2015). Timeline: Same-sex marriage through the years. USA Today.


Lodola, G. y Corral, M., Apoyo al matrimonio entre personas del mismo sexo en América Latina, EL BARÓMETRO DE LAS AMÉRICAS POR EL PROYECTO DE OPINIÓN PÚBLICA DE AMÉRICA LATINA (LAPOP), 2010. http://www.vanderbilt.edu/lapop/insights/I0844.esrevised.pdf


Agradecemos al proyecto de Opinión Pública de América Latina (LAPOP) y a sus principales donantes (la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Banco Interamericano de Desarrollo y Vanderbilt University) por poner a disposición los datos mostrados en este trabajo.

Contenido más reciente

Comentarios

bottom of page